El Ministerio de Salud, mediante la Resolución 991 de 2020, emitió este miércoles el protocolo de bioseguridad que deben cumplir los deportistas de alto rendimiento, profesionales y recreativos en los entrenamientos, que cobijará a 16 actividades deportivas en tiempos del COVID-19.
El acto administrativo define que, para el caso de los deportistas de alto rendimiento, deben pertenecer a una federación deportiva, liga o a los seleccionados departamentales en las diferentes modalidades y categorías, siempre que sea para la práctica individual y al aire libre.
Las disciplinas autorizadas
- Arquería
- Atletismo
- Actividades acuáticas
- Actividades subacuáticas
- Canotaje
- Ciclismo de ruta
- Ecuestre
- Esquí
- Golf
- Levantamiento de pesas
- Patinaje
- Surf
- Tenis
- Tiro
- Triatlón
- Vela
Estos deportes, a excepción de las actividades acuáticas y subacuáticas en piscina, también podrán ser practicados por los recreativos en las edades entre los 18 y 69 años. De la misma manera, el protocolo aplica para los responsables de los escenarios donde se llevan a cabo estos entrenamientos.
Medidas de bioseguridad a seguir
Basados en la evidencia de la efectividad del lavado de manos, distanciamiento físico y uso de tapabocas, el Ministerio de Salud el protocolo define con claridad que estas medidas son de vital cumplimiento para la práctica deportiva.
Lo anterior va sumado a fortalecer los procesos de limpieza y desinfección de elementos e insumos, al igual que el manejo de residuos producto de la actividad deportiva y adecuado uso de los elementos de protección personal.
En este sentido, los clubes deportivos deberán garantizar a los deportistas:
En este sentido, los clubes deportivos deberán garantizar a los deportistas:
- Lavado de manos por lo menos seis veces al día por turnos y seguimientos por parte de los responsables.
- Distanciamiento físico de 2 metros entre personas, evitando reuniones y utilizando ayudas tecnologías para evitar conglomeraciones. Con el fin de limitar el intercambio de documentos u objetos y establecer turnos para el uso de los escenarios.
- Distancias sociales de 5 metros para caminata rápida, 10 metros para carrera rápida y 20 metros para ciclismo rápido.
- Uso de tapabocas permanente por parte del atleta y del personal de apoyo, antes, durante y después del entrenamiento.
Los clubes deben garantizar a los deportistas, entrenadores y demás personal los elementos de protección personal, tales como tapabocas y alcohol glicerinado al 60% como mínimo. Se destaca que no se recomienda el uso de guantes, salvo si se van a manipular residuos o hacer limpiezas.
Adicionalmente, se recuerda que durante las actividades se deben evitar abrazos, saludos de mano y besos. También se prohíbe escupir, mientras que el personal de apoyo debe usar el tapabocas permanentemente para prevenir cualquier caso de contagio.