Mediante el decreto 1000-0393, la Alcaldía de Ibagué estableció este lunes las nuevas medidas que regularán la circulación de vehículos particulares durante la extensión del aislamiento preventivo obligatorio, que busca contener el avance del COVID-19 en la ciudad.
De acuerdo con el documento firmado por el alcalde Andrés Fabián Hurtado, el tránsito de automóviles estará restringido con el pico y placa fraccionado de lunes a viernes, en el horario de las 7:00 a 9:00 a.m., y de las 5:00 hasta las 7:00 p.m.
Pico y placa
- Lunes: 0-1
- Martes: 2-3
- Miércoles: 4-5
- Jueves: 6-7
- Viernes: 8-9
Se permitirá llevar acompañante, siempre y cuando cumpla los protocolos de bioseguridad y el pico y cédula. Excepto cuando hagan parte de la misma empresa, cumplan el mismo turno laboral o pertenezcan al mismo núcleo familiar.
En el caso de personas que se deban movilizar para hacer actividades que se encuentren habilitadas por el Gobierno Municipal, no aplicará el pico y placa.
Algunas de ellas son:
- Fuerzas militares.
- Servicios públicos domiciliarios.
- Servicio funerario.
- Vehículos procedentes de otras regiones que se encuentren de paso.
- Vehículos eléctricos.
- Vehículos de funcionarios del sector salud.
- Funcionarios públicos que hagan actividades misionales.
Las excepciones
- Servicios de salud.
- Casos de fuerza mayor.
- Asistencia de niños o adultos mayores de 70 años.
- Establecimientos que comercializan elementos farmacéuticos.
- Servicios funerarios.
- Servicios de vigilancia.
- Domicilios de establecimientos gastronómicos.